La decepcionante Ley de protección a personas alertadoras de corrupción (Whistleblowers)

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La Comisión Europea, inició un expediente sancionador por incumplir los plazos para incorporar a la legislación nacional la Directiva europea sobre la protección a los denunciantes que informen sobre corrupción o fraude.

Publicamos literalmente la nota de prensa, enviada a de Desde la asociación ALIANZA CONTRA LA CORRUPCIÓN, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio de Interior con número 617394 y con número de CIF G90462458,

Exponemos;

El día de ayer 16 de febrero, el Congreso de los Diputados, aprobaron la Ley de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Una Ley, que desde nuestra perspectiva y experiencia, resulta bastante deficiente y pobre, respecto a la Directiva Europea 1937/2019, relativa a la protección de personas que informen de infracciones al Derecho de la Unión.

Entendemos que, bajo el nuevo marco legal en el reino de España, no solamente no se corrigen las gravísimas asimetrías que viven los whistleblowersalertadores de corrupción-, sino que se recrudecen. La futura ley, tal y como quedó aprobada, es un decepcionante bodrio de la citada Directiva.

Por tal motivo, queremos denunciar que esta Ley, incumple con los parámetros internacionales. Aprobada mal y tarde para evitar las posibles sanciones económicas por sus dilaciones indebidas. Recientemente, la Comisión Europea, inició un expediente sancionador por incumplir los plazos para incorporar a la legislación nacional la Directiva europea sobre la protección a los denunciantes que informen sobre corrupción o fraudes.

Destacar que, desde la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, se nos informó que la Directiva (UE) 2019/1937 establece unas «normas mínimas» que garantizan un «elevado nivel de protección» de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión en una serie de «ámbitos políticos clave». Además, «establece canales de denuncia eficaces y ampliamente disponibles y una sólida protección de los denunciantes frente a las represalias«.  Y estos principios se quebrantan con la nueva Ley.

Algunas de las lagunas principales de la Ley:

  • Una de las deficiencias de la ley, es que no reconoce la protección a organizaciones de la sociedad civil, lo que aboca al denunciante a la soledad, desincentivando a la ciudadanía que quiere hacer lo correcto.
  • La ley recién aprobada no reconoce algunas de las solicitudes básicas de los denunciantes y ofrece ayuda económica, psicológica y jurídica solo en casos “excepcionales”.
  • No reconoce a la sociedad civil su papel de control de la gestión pública. No ofrece un sistema integral para luchar contra la corrupción, para que la sociedad pueda intervenir de forma eficiente y eficaz.
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