El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), desestima la petición de «Amicus Curiae» propuesta por la Alizanza Contra la Corrupción.

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Una queja de la Asociación, presentada ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, fue la pieza clave para la incoación del procedimiento sancionador abierto contra España por incumplir los plazos de transposición de la Directiva «Whistleblower».

El pasado 15 de febrero, la Comisión Europea, presentó una denuncia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) contra España y a otros siete países por no haber traspuesto a sus respectivos ordenamientos jurídicos la directiva comunitaria para proteger a las personas que informen sobre infracciones del derecho de la UE

La Asociación de denunciantes, lamenta la oportunidad perdida por parte del TJUE, para tener una visión independiente, justa y formada sobre los graves perjuicios que conllevó la tardía, defectuosa y torpe transposición de la Directiva 1937/2019 en el reino de España.

Vencido el plazo para  incorporar la normativa europea de protección a las personas que informan de infracciones al Derecho de la Unión, a la legislación nacional. El plazo se cumplió en diciembre de 2021, y ante el incumplimiento de España, la Comisión Europea, decidió en febrero, poner el asunto en manos del TJUE, que ahora tendrá que determinar si se debe proceder a imponer una multa por  no haber llevado a cabo en el plazo establecido la trasposición de la conocida como Directiva Whistleblower.

Ante este nuevo escenario judicial, la Asociación que preside el activista Jaime Gonzalez, decidió presentar ante el TJUE, la solicitud de «Amicus Curiae», con objeto de brindar al tribunal un análisis objetivo, imparcial e independiente sobre la torpe, deficiente y fallida transposición de la Directiva en el reino de España

Cabe destacar que la asociación  Whistleblowing International Network (WIN), que agrupa a otras 30 asociaciones a nivel internacional, lanzaron una fuerte crítica al proyecto de Ley español, al considerar  que incluso podrían hacer que la norma pueda ser recurrida ante los tribunales europeos por rebajar las protecciones que incluye la directiva europea

WIN, junto a organizaciones como Xnet, Government Accountability Project, The Signals y Blueprint for Free Speech, han pedido a los senadores que aprovechen las horas que quedan hasta su ratificación en el Pleno para enmendar la ley y tapar esos agujeros. “La adopción de esta legislación defectuosa podría ser desastrosa para los denunciantes en España y Europa, donde una protección armonizada de los denunciantes es esencial en la lucha contra la corrupción, la defensa del Estado de Derecho y la aplicación efectiva de la legislación de la UE”, avisa Myers en la misiva. Por su parte, Roberto Macías, activista contra la corrupción fue contundente al calificar la ley como un bodrio y un peligro para todas las personas que ayudan alertar fraudes o delitos graves.

Todos estos elementos fueron presentados ante la corte europea, por la Alianza Contra la Corrupción, que desde su fundación destaca por su loable tarea de ayudar a construir una sociedad más avanzada desde la ética, transparencia, valores y justicia.

En su petición exponen el interés de la Asociación para ser considerada  «Amicus Curiae» del TJUE

Señalan que, «en virtud de la experiencia recogida en la sección anterior, creemos que hemos podido conocer una serie de circunstancias y experiencias que pretendemos aportar a ese Tribunal para ayudarlo a que conozca de forma clara las grandes deficiencias y lagunas en Ley de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, aprobada el 16 de febrero del año en curso, y que ese Tribunal puede estar enjuiciando en su sede como incumplimientos del derecho comunitario».

En su misiva al tribunal, ponen en evidencia la defectuosa Ley, denunciada por activistas y asociaciones: «Desde nuestra perspectiva, la Directiva Europea 1937/2019 se ha traspuesto al ordenamiento jurídico español de una forma evidentemente extemporánea, y también de una forma deficiente y deliberadamente pobre. Entendemos que no solamente no corrige las evidentes asimetrías que sufren los
whistleblowers –alertadores de corrupción-, sino que se recrudecen».

Avisan al TJUE que la Ley «ha sido aprobada tarde y mal con el único propósito de eludir las sanciones económicas pero no con una finalidad real de cumplir el ordenamiento comunitario y proteger a los denunciantes.

1.- Nosotros entendemos que la Directiva supone una encomienda a los poderes públicos nacionales para que fomenten un paradigma real de honestidad en la gestión pública. El instrumento que se pretende para ello, entre otras iniciativas posibles, es crear un sistema integral de protección al denunciante, como actor principal dentro de este paradigma. 

Para la Asociación, la ley es un fiasco que necesita ser corregido: «La ley española no supone un cambio de paradigma, no establece ningún sistema integral, y encima el sistema de mínimos que establece la Directiva tampoco se traspone en el sentido y finalidad que supone ésta, si no que se hace de forma difuminada que permita en posteriores instancias que se orillen estos elementos fácilmente». 

Respuesta del TJUE, deja a los activistas que componen la Asociación, con un amargo sabor de boca. La valoración que hace Roberto Macías, uno de sus componentes es que se trata de una oportunidad perdida por parte del TJUE, para tener una visión independiente, justa y formada sobre los graves perjuicios que conllevó la tardía, defectuosa y torpe transposición de la Directiva 1937/2019 en el reino de España.

Para el TJUE, en su respuesta no tienen lugar las asociaciones en el procedimiento sancionador que se sigue contra el reino de España. Con una carta fechada 25 de mayo, el tribunal desoye la petición con elementos que causan sorpresa y disconformidad en la Asociación. No obstante, seguirán luchando por tener un marco a nivel Estatal, realmente efectivo y eficaz para proteger a las personas que informen de actos de corrupción.

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