La Sutil Violencia que Anula Voluntades: Falsos Gurús y el Vacío Legal en España

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En España, la proliferación de falsos líderes sectarios y las devastadoras consecuencias de la persuasión coercitiva han sido un desafío constante. Durante años, la ausencia de un delito específico que castigue la manipulación psicológica sutil ha dificultado la condena de quienes, bajo fines aparentemente lícitos, anulan la voluntad de sus seguidores y les causan graves daños.


La Primera Condena por «Asociación Ilícita Coercitiva»: El Caso del ‘Lama Losel’

Un hito significativo en esta lucha tuvo lugar en mayo de 2024, cuando se dictó en Guadalajara la primera sentencia en España que condena al líder de una secta por manipular a sus fieles. Carlos Herranz Ortega, conocido como el ‘Lama Losel’, fue sentenciado a seis meses de cárcel y 20.000 euros de multa tras un acuerdo de conformidad.

Este caso, que arrancó en Sigüenza (Guadalajara) en 2017 tras la denuncia de una pareja de seguidores de su secta ‘Senderos del viento’, no se basó en un delito autónomo de persuasión coercitiva (que aún no existe explícitamente en el Código Penal español), sino en el delito de asociación ilícita coercitiva. La sentencia se dictó aplicando el artículo 515.2 del Código Penal, que castiga a las asociaciones ilícitas que, aun con un fin lícito, empleen medios violentos o de alteración o control de la personalidad para conseguirlo. Para el abogado de las víctimas, Carlos Bardavío Antón, experto en sectas, esta sentencia sienta un precedente al reconocer la persuasión coercitiva como una forma de violencia que altera la personalidad.

Las acusaciones contra el Lama Losel eran graves e incluían asociación ilícita, estafa y lesiones psíquicas y físicas. Se hacía pasar por Lama para engañar a sus miembros, afirmando poseer sabiduría religiosa y poderes especiales. Llegó a convencer a seguidores de que tenían microchips extraterrestres que él podía extraerles, causándoles lesiones con objetos punzantes. Abusaba de su posición para obtener favores sexuales de mujeres, justificándolos con argumentos como que «el semen es un néctar sagrado» o que «Dios quiere penetrarte entera». Además, exigía el diez por ciento de los ingresos de sus seguidores para su lucro personal. Audios grabados revelaron sus métodos, que incluían insultos («zorras»), coacciones («ya se puede morir vuestra madre o su abuela» si no acuden a la reunión) y vejaciones. Su táctica inicial era sutil y amistosa, volviéndose más dura con el tiempo.


¿Qué es la Persuasión Coercitiva y Cómo Opera?

La persuasión coercitiva es considerada el elemento definitorio de las sectas destructivas. No implica necesariamente violencia física, sino una manipulación sutil, indirecta, progresiva e imperceptible para la víctima, que limita o anula su capacidad de libre voluntad. Se trata de un acto deliberado de influir en las actitudes y conductas de otros, apoyándose en algún tipo de fuerza (principalmente psicológica) para lograr un fin preestablecido.

Los líderes de estos grupos, a menudo denominados «grupos de persuasión coercitiva» o «grupos de manipulación» por los expertos, se sirven de diversas técnicas para anular la voluntad y la libertad de las personas. Estas técnicas buscan el control ambiental, cognitivo, emocional y la inducción a estados disociativos. Explotan la vulnerabilidad de personas que atraviesan crisis de identidad, emocionales o personales, atrayéndolas con falsas promesas que se ajustan a lo que desean oír.

Los métodos de los líderes sectarios son complejos y sutiles. Pueden incluir el control de la información, la restricción del sueño o las dietas, el uso de engaños y mentiras, testimonios falsos para incitar a revelar secretos que luego se usan en contra de la víctima, y la infusión de miedo. También emplean principios de persuasión como el de autoridad (el líder se convierte en la única fuente de referencia) y el de escasez o urgencia. A través de la sobreestimulación (inundación cognitiva) y el cansancio, la persuasión se vuelve más efectiva, reduciendo la capacidad de elaboración consciente y crítica de decisiones. Se promueve un pensamiento dicotómico y se busca la sustitución de la identidad individual por una identidad grupal.

El objetivo principal es lograr poder mediante el dominio sobre la vida de los adeptos, la acumulación de recursos económicos y la infiltración. Estos grupos operan a menudo bajo formalidades jurídicas (como asociaciones sin fines de lucro) con fines aparentemente legítimos, lo que dificulta su identificación y persecución legal.


El Vacío Legal y la Lucha por la Tipificación Penal

A pesar de los graves daños psicológicos y sociales que causa la persuasión coercitiva, el Código Penal español no la tipifica como un delito autónomo. Aunque puede integrarse en otros tipos penales que atacan bienes jurídicos específicos (lesiones, estafa, coacciones), la complejidad y sutileza de las técnicas de persuasión coercitiva hacen que sea difícil demostrar que se han vulnerado derechos fundamentales como la libertad de conciencia o la voluntad.

Expertos y asociaciones de víctimas señalan que el actual marco legal es insuficiente para combatir eficazmente a estos grupos. Argumentan que debería existir un tipo penal que contemple la vulnerabilidad específica de las víctimas y castigue la anulación de la voluntad.

Con el fin de cerrar este vacío legal, asociaciones de víctimas y afectados, con el impulso de expertos como el abogado Carlos Bardavío, han presentado una propuesta legislativa en el Congreso de los Diputados para tipificar el delito de persuasión coercitiva. Esta propuesta, avalada por más de 300.000 firmas, busca incluir un nuevo apartado en el artículo 172 del Código Penal (relativo a las coacciones) que castigue con penas de cinco a ocho años de prisión a quien impida la libre formación de la voluntad o la libertad de decisión mediante técnicas de persuasión o engaño coercitivo.

La propuesta define la persuasión coercitiva como conductas que producen control social, emocional, ambiental, cognitivo o volitivo, o inducen estados disociativos. Además, criminaliza de forma agravada la promoción, constitución u organización de una organización o grupo coercitivo.

Este movimiento por la tipificación penal específica ha encontrado eco incluso en la jurisprudencia. La Sentencia del Tribunal Supremo núm. 352/2021, de 29 de abril, reconoce la terminología «persuasión coercitiva» y la define, asimilándola al concepto de violencia por su capacidad de anular la libre voluntad.

A pesar de la primera condena al Lama Losel por asociación ilícita coercitiva, el camino legal sigue siendo complejo. La lucha por una ley que aborde directamente la violencia psicológica sutil y devastadora de la persuasión coercitiva continúa, buscando ofrecer una respuesta penal adecuada a un fenómeno que causa profundos daños a las víctimas y sus familias.

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